La nación invita a todas las provincias a adherirse
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Miércoles, 1 de abril de 2020
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Nación congeló alquileres y desalojos hasta el 30 de septiembre La norma anunciada oportunamente por el presidente Alberto Fernández finalmente fue oficializada mediante el dictado del Decreto de Necesidad y Urgencia 320/20, publicado este domingo 29 de marzo en el Boletín Oficial.
El Gobierno Nacional publicó en el Boletín Oficial el DNU que congela el precio de alquileres hasta el 30 de septiembre próximo, además de suspender desalojos por falta de pago. El decreto, de orden público, prevé que el valor del alquiler se mantenga a marzo y establece una prórroga en la vigencia de contratos.
La medida alcanza a inmuebles destinados a viviendas, habitaciones y pensiones alquilados por familias; actividades culturales; espacios para la producción rural, locales alquilados por micro, pequeñas y medianas empresas; y cooperativas de trabajo.
Según los puntos principales del decreto, quedan exceptuado el arrendatario que acredite que “depende del alquiler” para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia.
“Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en tres cuotas sin interés”, según el contenido del DNU.
En el caso de las deudas por falta de pago, tanto para alquileres como para créditos hipotecarios, estas se abonarán a partir del 3 de octubre próximo con intereses compensatorios, aunque sin penalidades.
En la norma se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a establecer la mediación previa y obligatoria, en forma gratuita o a muy bajo costo, para controversias vinculadas con la aplicación del presente decreto. Esta iniciativa surge como forma de apoyar a determinados sectores que ven perjudicada su economía a causa de la medida de aislamiento preventivo para frenar la propagación de la pandemia del COVID-19, indicaron fuentes oficiales. También se publicó una medida de congelamiento de los créditos hipotecarios y prendarios UVA.
Los aspectos centrales de este decreto son el congelamiento del valor de las cuotas de los créditos hipotecarios sobre inmuebles destinados a vivienda única, a valor del mes de marzo, como así también el valor de las cuotas de los créditos prendarios UVA.
Suspende las ejecuciones hipotecarias sobre inmuebles destinados a vivienda única y las ejecuciones prendarias respecto de créditos prendarios UVA. Las deudas por diferencia de monto, entre lo que se debería haber pagado y lo que se pague a causa del congelamiento, se abonará, a partir de octubre, en 3 cuotas sin interés.
Las deudas que se produzcan por falta de pago, se abonarán, a partir de octubre, en 3 cuotas, solo con intereses compensatorios, sin penalidades.
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