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Comunicación Institucional del Rectorado de la Universidad Nacional del Nordeste
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Lunes, 10 de agosto de 2020
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La Reforma Judicial desde la óptica de un especialista en Derecho Procesal A poco de haberse iniciado en el Senado de la Nación el debate para la Reforma Judicial en la Justicia Federal, el doctor Juan Ramón Alegre profesor titular de la Cátedra C de Derecho Procesal Penal y Laboral de la Facultad de Derecho de la UNNE, dio su visión sobre los objetivos, conveniencia y los puntos principales del Proyecto. En su discurso ante la Asamblea Legislativa al asumir como presidente de la Nación, Alberto Fernández comunicó una serie de decisiones sobre temas claves que marcarían su gestión. Además del Plan contra el Hambre; el Presupuesto y la negociación de la deuda externa, entre otros, señalaba a la Justicia como uno de los desafíos que tenía por delante.
“Sin justicia independiente no hay democracia (…) En los próximos días voy a enviar al Parlamento un conjunto de leyes que consagran una integral reforma del sistema de Justicia”, expresaba textualmente el 10 de diciembre de 2019.
Casi siete meses después, el presidente materializó con un proyecto de ley enviado al Congreso de la Nación lo que hasta entonces había quedado registrado como una intención dentro de un discurso.
La iniciativa abrió un amplio debate en todas las esferas, inclusive en las aulas académicas donde se forjan los futuros profesionales ligados a las ciencias jurídicas.
A poco de haberse iniciado en el Senado de la Nación el debate de este proyecto de ley, se consultó al doctor Juan Ramón Alegre, sobre los objetivos, conveniencia y los puntos principales del Proyecto “Ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Provincias”.
El doctor Alegre es un profesional del Derecho de dilatada trayectoria, profesor titular de la Cátedra C de Derecho Procesal Penal y Laboral de la Facultad de Derecho de la UNNE, y ex Secretario Jurisdiccional del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes.
A continuación algunos de sus conceptos:
-¿Cree Ud. que esta reforma cumplirá el objetivo planteado por el presidente Alberto Fernández de "superar la crisis de credibilidad y el buen funcionamiento de la justicia federal"?
-El cumplimiento de los objetivos de una Reforma, no importa de qué aspecto de la dinámica judicial se trate, nunca podrá prever sus resultados en forma cierta. Una reforma de este tipo depende de muchos factores, tanto presupuestarios como operativos. Pero fundamentalmente de la identidad que los operadores tengan con esos objetivos, los cuales pueden ser obtenidos en forma total o parcial de acuerdo al compromiso que cada realizador del sistema ponga y fundamentalmente de toda la estructura.
Por esa razón, la mayoría de las reformas y fundamentalmente las judiciales deben contar con un comité de implementación, seguimiento y control que se encargue de resolver los problemas y adecuar las metas a la dinámica de esa instrumentación.
-¿Cuáles son los puntos principales de esta propuesta que será debatida en el Congreso Nacional?.
-A mi criterio son los aspectos principales de la reforma Judicial de la Justicia Penal Federal. Entiendo que lo positivo en forma indiscutible es plantear la necesidad de un cambio que permita un análisis de la realidad y el distanciamiento de esa realidad de los objetivos previstos en la Constitucional Nacional. El reclamo social es permanente en este aspecto, vehementemente se solicita afianzar la justicia, los beneficios de la libertad, promover al bienestar general. Me parece fundamental destacar uno de los objetivos propuesto en la reforma: la implementación del jurado como tribunal de culminación de las causas criminales. El jurado fue propuesto en la constitución originaria de 1853 y reafirmado en las sucesivas reformas por los valores democráticos y republicanos que encierra.
-¿Qué valores tiene el sistema por Jurado que en todas las reformas es incluida?
-Una característica central al funcionamiento del jurado es su discrecionalidad. Es decir, la deliberación del jurado es protegida de la influencia de factores ajenos del debate y el discurso de los miembros del jurado, y no se puede impugnar su resolución final de absolver. La discrecionalidad del jurado fortalece su rol como mecanismo garantista. El uso del jurado desde su principio se ha visto como una garantía de la persona acusada del delito, una garantía del individuo contra el estado.
El jurado también es un mecanismo de participación ciudadana en la administración de justicia. La posibilidad de la participación del pueblo simbólicamente, cumple con un principio democrático. Al asegurar la representación democrática dentro de la administración de justicia, en general y específicamente como garantía dentro de cada proceso, hace más legítimo (o por lo menos hace aparecer más legitimo) el ejercicio del poder de castigar del Estado.
-¿Qué puntos coincidentes tiene este proyecto con el impulsado por la gestión de gobierno de Mauricio Macri en el marco del programa “Justicia 2020”?
-No existe una coincidencia total respecto del programa Justicia 2020, pero si respecto a la aplicación del Sistema Acusatorio y del Juicio por Jurados en la administración de la Justicia Penal Federal.
-Se designarán 132 jueces nuevos que atenderán causas de corrupción y lavado de dinero. ¿Ve Ud en este punto uno de los motivos fundamentales de la reforma, o una simple necesidad de esta re estructuración?
-Siempre la posibilidad del aumento del número de Jueces implica también un correlativo aumento de Fiscales y Defensores que son necesarios para la eficiente administración de la Justicia Penal en cumplimiento a la Garantía Constitucional del Plazo Razonable.
-Teniendo en cuenta su experiencia y trayectoria, si integrara el Consejo Consultivo, qué propuesta sugeriría y que a su parecer no puede faltar en esta pretendida reforma judicial del fuero federal.
-Entiendo que debe profundizarse en el análisis de las causas que han provocado el desprestigio de la justicia penal que dan cuentas las diversas encuestas de opinión dados a conocer por los medios de difusión. Hay pautas indicadoras de cuáles deben ser los aspectos centrales y objetivos que se deben abordar en la reforma, la que de por sí es muy compleja.
-Si bien no está incluido en la proyecto enviado por el PE, ¿qué opinión le merece un eventual aumento de ministros en la conformación de la Corte Suprema?. ¿Es una condición necesaria para agilizar la administración de justicia o esconde una intención de alinear la Corte a los requerimientos políticos?
-Las decisiones de la Corte Suprema conforme a su competencia son de máxima importancia en todo el arco de la administración de Justicia. De conciliarse el número mayor de integrantes con la pronta decisión de las cuestiones sometidas a su incumbencia para cumplir la garantía del plazo razonable, resulta interesante. Sobre todo si es prudentemente realizada.
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