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Judiciales
Domingo, 10 de abril de 2022
Causa Aduana: No hubo una asociación ilícita
Así lo dijo la defensora oficial de la Justicia Federal de Paso de los Libres, Laura Martín. Aludió a faltas de pruebas y cuestionó ciertas intervenciones telefónicas. Los hechos investigados involucraron a empresarios y funcionarios aduaneros.


La defensora del Juzgado Federal de Paso de los Libres, Laura Martín se refirió a una causa judicial que en su momento generó un gran revuelo en el área fronteriza que vincula al territorio libreño y a Uruguayana (Brasil). Sobre este tema, la doctora Martín dialogó con los periodistas Gustavo Adolfo Ojeda y Darío Ramírez en el programa La Otra Campana, que se emite por LT7 Radio Corrientes en dúplex con LT25 Radio Guaraní de Curuzú Cuatiá.

La charla se dio en los siguientes términos:

¿Nos podría explicar, doctora, esta causa que se inició en el Juzgado Federal de Paso de los Libres y de la que mucho se habló? Se decía que era una causa armada. Días atrás el Tribunal dio fin al juicio oral y público…

-Primero le voy a aclarar, yo soy Defensora Oficial en el Juzgado Federal de Paso de los Libres, pero por un conflicto de intervenciones de distintos defensores federales, la Defensoría General de la Nación me asigna unas defensas de personas que tenían defensa particular y me designaron defensa oficial. Por lo tanto, asumo la defensa para el Juicio Oral de un total de seis personas, cinco hombres y una mujer. Efectivamente, esta causa se inició en 2016, acá en el Juzgado Federal de Paso de los Libres. Son dos causas acumuladas, la 3.084 y la 6.406 y yo intervine en esta última por la misma señora que luego representé en el Tribunal Oral. Esa persona, que no voy a dar el nombre, ha obtenido una absolución del Tribunal Oral Federal, el pasado 29. Y respecto de las otras cinco personas, han sido condenadas con penas menores a las solicitadas por la acusación. Estamos esperando los fundamentos de la sentencia que los van a dar el día 28 de abril y a partir de ahí empieza a correr el plazo para impugnar esa decisión. Es decir, para hacer el recurso de casación ante la Cámara Federal de Casación Penal en Buenos Aires.

¿Qué hay que hacer para que estas situaciones no se repitan?

-Yo voy a hablar por la defensa que ejercimos nosotros desde la Defensa Pública. Los demás imputados tienen cada uno su defensor… Nosotros hicimos una defensa en un alegato bastante extenso de casi una hora y media, donde planteamos varios temas que queríamos que el Tribunal tenga en cuenta a la hora de dictar sentencia. En primer lugar, hicimos un cuestionamiento para todo lo que es las intervenciones telefónicas en las cuales se basó, principalmente al principio, la causa. Entonces, hicimos cuestionamiento al modo cómo se hicieron, se trataron, el resguardo de los CDs que tenían esas intervenciones y pedimos una nulidad de carácter general de toda la causa, porque entendíamos que no se había resguardado debidamente esa prueba. Pero esa decisión el Tribunal Oral no hizo lugar. Vamos a evaluar los fundamentos y posiblemente sea uno de los motivos de la casación que interpondremos. Después hicimos planteos de falta de prueba.

SIN PRUEBAS

¿No hubo nada ilegal, entonces?

-A nuestro modo de ver, las pruebas que se habían recolectado para acusar o condenar a mis defendidos por el delito de lavado de activos de origen delictivo, no existían en el sentido que la acusación afirmaba. Es decir, nosotros probamos actividades desarrolladas por ellos, actividades lícitas, las empresas presentaron todos los balances, de cómo se habían originado los fondos y demás. Y el Tribunal, en ese caso, tampoco hizo lugar porque la condena fue básicamente por el delito de lavado. Se sacó, gracias al planteo que hicimos, la figura de asociación ilícita para todos los imputados. De esta decisión final, no hay ni un solo imputado por asociación ilícita, de los 21 que llegaron a juicio. Y en el caso de la señora que represento, obtuvimos una absolución porque hicimos un planteo con perspectiva de género que es esta nueva corriente doctrinaria y jurisprudencial de la Argentina, de plantear que determinadas mujeres en determinados contextos de vulnerabilidad social, económica, pueden ser víctimas de delitos y quedar involucradas como si fueran autores y en realidad no lo son. Nosotros hicimos alusión a que, de constancias de la causa, existen algunos indicios de que podría haber sido captada por una persona o un grupo de personas -eso está por determinarse- que las usaba para cruzar frutas y verduras por el puente internacional.

Las condenas

Respetuoso de su opinión de magistrada, si usted me permite voy a dar un parte de prensa, asumo la responsabilidad del caso. Dice que ha culminado el mega juicio a empresarios y funcionarios de la aduana de Paso de los Libres. En este contexto, además de los absueltos, el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a 5 años de prisión a Sebastián Gavarone, Héctor Marsilli, Martín Dubra, José Longhi, Horacio Velozo y Carolina Vesga Gómez. En tanto, Leonel Zappa, Fernando Marticorena y David Loza fueron condenados a 3 años de prisión. Matías Bravo fue condenado a 3 años y 6 meses. Mientras que Claudia Gatti, Pompeya Fernández y Fabián Moreno fueron condenados a 4 años de prisión. Doy a conocer este parte de prensa que nos llegó. Yo entiendo su responsabilidad frente a este procedimiento.

-Sí, de esas personas que usted mencionó, nosotros asumimos la defensa de Sebastián Gavarone, Pablo Marsilli, Rodrigo Marsilli, Leonel Zappa y Matías Bravo. Por eso hablo que de las personas masculinas que tuvimos la representación, ellos fueron condenados con penas menores a las solicitadas por la Fiscalía. En esos casos, como nosotros hicimos planteos de nulidad por violación a garantías constitucionales y hemos planteado la absolución por falta de pruebas, seguramente luego de leer con mucho detenimiento por qué el Tribunal ha llegado a esa decisión, veremos cómo planteamos los recursos de casación. Es correcta la información. Y respecto de mi defendido Pablo Marsilli, estuvo 3 años completos de prisión preventiva y de hecho, a fines del 2020, él ya me lo había planteado e hicimos un pedido de cese de prisión preventiva, con lo cual de quedar firme esta condena de 5 años y 6 meses, cumpliría muy poco tiempo, que esperemos que así lo sea. Intentaremos revertir esta condena.

Esta causa tuvo muchas idas y vueltas. Usted lo ha definido como una causa que parecería salida de relatos de Hollywood. ¿Es así?
-Básicamente en el alegato yo hice referencia a que, a mi modo de entender, se habían forzado muchas situaciones jurídicas. Eso dije en el alegato, que llegaban a generar una mega causa con más de 20 personas conectadas por asociación ilícita y en realidad terminó siendo que el tribunal no condenó por asociación ilícita. Por lo tanto, no era una mega organización, sino que todo se fue decantando y llegó a la sentencia con muchas absoluciones. Básicamente no era en esos términos que usted dijo; pero se había planteado eso, de que no se había probado la conexidad de causas, ni la asociación ilícita. Y evidentemente el excelentísimo Tribunal Oral receptó ese planteo, le vuelvo a decir, no sé en qué se fundó porque todavía no conocemos los fundamentos, pero receptó favorablemente y no hay ni un solo condenado por el delito de asociación ilícita.

¿Tiene otras apreciaciones?

-Por ejemplo, uno de mis defendidos estaba vinculado por presunto delito de lavado por trata de personas. Entonces en el alegato yo, por la defensa, le planteé al Tribunal que la base en la que se fundaba la acusación para plantear que había un lavado de dinero proveniente de la trata, era una causa de trata que aún no hubo sentencia ante el mismo Tribunal Oral de Corrientes y que por lo tanto no se podía probar el delito precedente. El delito de lavado necesita un delito anterior.



Fuente: El Libertador


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