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Jueza aplicó por primera vez en Corrientes la ley de flagrancia
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Viernes, 27 de enero de 2017
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Inédito: lo condenaron en menos de 24 horas de haber cometido el delito En un hecho histórico se aplicó por primera vez en Corrientes la ley federal de flagrancia que permite fijar condenas a quienes son descubiertos en la comisión de un delito, es decir, en flagrancia. La condena fue antes de cumplirse las 24 horas de haberse cometido el delito, y fue aplicada a un hombre acusado de vender divisas sin autorización del Estado. Ocurrió en el predio de una estación de servicios de la ciudad de Paso de los Libres el miércoles pasado, a las 11.30, en el área de Control Integrado, cerca del puente internacional que une esa localidad con la ciudad brasileña de Uruguayana. En ese lugar, dos gendarmes que realizaban patrullas de control descubrieron que dos hombres comercializaban divisas en un baño de la estación de servicios ubicada en proximidades del paso fronterizo, y cuando se acercaron para identificarlos, uno de los sospechosos arremetió con golpes de puño contra uno de los uniformados y escapó. Pero la circunstancia fue advertida por otros gendarmes, quienes fueron tras el intrépido cambista y lo apresaron.
El hombre fue acusado por atentado y resistencia a la autoridad y se abrió una causa en el Juzgado Federal a cargo de la magistrada Cristina Pozzer Penzo, quien accedió al pedido de la fiscal Miriam Benítez, subrogante en el Ministerio Público Fiscal, quien pidió a la jueza la aplicación de la normativa aprobada en septiembre pasado en el Congreso Nacional. La normativa faculta a los jueces federales de primera instancia a solicitar todas las pruebas concernientes al hecho delictivo para convocar a una audiencia al implicado en el término de 24 horas y fijar una condena en un plazo de 40 días como máximo. La jueza accedió al pedido y dispuso que el imputado se presente a las 10 a declarar. Luego de la designación del defensor oficial, cerca de las 11 comenzó la audiencia y a las 12.40 la jueza dio por culminado el proceso, en el que el imputado accedió a cumplir servicios comunitarios por su accionar.
La pena establecida fue la de seis meses de trabajo en una institución escolar o religiosa de la ciudad, además de evitar la comisión de delitos y además se le prohibió la salida del país. El Juzgado Federal calificó la aplicación de la normativa como una respuesta a los pedidos de la sociedad para acelerar los procesos judiciales y establecer las penas en forma rápida. En tanto, el fiscal general federal, Carlos Schaefer, calificó de histórico el fallo y remarcó que la ley (de flagrancia) permite agilizar el procedimiento y evita que las causas se prolonguen con el riesgo de que caigan por el paso del tiempo. La ley puede ser aplicada a delitos cuya condena no superen los 15 años de pena cuando se encuentre in fraganti al sospechoso, y la letra es aplicable a la desobediencia a la autoridad, delitos de narcotráfico, feminicidio y abuso sexual.
Fuente: Diario Norte
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