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PROYECTO DE LEY EN EL CONGRESO DE NACIÓN
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Miércoles, 10 de mayo de 2017
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Rubín propone reparación histórica para jubilados autónomos El diputado nacional por Corrientes, Carlos Rubín, presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley por el cual incorpora a los aportantes autónomos una mejora en sus jubilaciones. El legislador curuzucuateño propone modificar un inciso de la ley que rige el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
El diputado nacional Carlos Rubín presentó un proyecto de ley que tiene como principal objetivo aumentar el haber jubilatorio a los aportantes autónomos. De acuerdo con los fundamentos que desarrolla el legislador en la iniciativa presentada, “el análisis de cómo se constituye el haber jubilatorio de los beneficiarios que aportaron bajo el régimen de autónomos, se concluye que el problema de la subestimación de aportes que resulta en un haber previsional cercano a la mínima radica en la falta de correlación entre los ingresos reales y las rentas de referencia que fija AFIP en función de la capacidad contributiva del aportante.
Esto significa que una porción importante de los jubilados que aportaron como autónomos reciban hoy el haber mínimo. De este modo, Rubín explica que el cálculo de los haberes jubilatorios para los aportantes autónomos está regido por la Ley Nº 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
Por ese motivo, en el artículo primero del proyecto de ley presentado por el diputado Rubín se modifica el inciso “b” del artículo 29 de la Ley Nº 24.241 que establecerá que “el haber será equivalente al 1,5% por cada año de servicios con aportes o fracción mayor de seis meses, hasta un máximo de 35 años, calculado sobre el promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado”.
Para ello, se computará todo el tiempo con aportes computados en cada una de las categorías. No obstante, “el haber jubilatorio percibido por quienes aportaron mayoritariamente en categorías superiores a la “I” no podrá ser inferior a la jubilación mínima más el 50%”.
Por otro lado, en el artículo segundo prevé que el Consejo de Sustentabilidad Previsional incorpore en el proyecto de ley del nuevo régimen previsional nacional, disposiciones que garanticen la adecuada proporcionalidad entre los aportes y el haber pasivo a percibir por los trabajadores autónomos.
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