Colegio Público de Abogados
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Martes, 16 de mayo de 2017
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Declaración de FACA respecto al fallo de la Corte Suprema que otorga el beneficio del cómputo doble El Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, con la firma de su Presidente, Dr. Ricardo Manuel Villar, comparte y adhiere a la declaración emitida por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), con fecha 12 de mayo del corriente año, referido al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la aplicación de la "Ley del 2 por 1" a condenados por delitos de lesa humanidad. La resolución emitida en tal sentido expresa:
Ante la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dictada en la causa “BIGNONE, REYNALDO BENITO ANTONIO Y OTRO”, que otorga el beneficio del cómputo doble por cada día de detención preventiva al condenado por delitos de lesa humanidad Luis Muiña, la FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS expresa su preocupación y desacuerdo con el contenido y resultado de dicha resolución, toda vez que el dictado de una sentencia de alto impacto en el cuerpo social de la Nación requiere de un adecuado análisis de las consecuencias que la misma provocará en la República, cuando la defensa de los derechos humanos se ha constituido en un principio protegido por la sociedad en su conjunto.-
Esa decisión contrasta y se aparta del principio de progresividad que la sociedad argentina logró alcanzar en materia de Derechos Humanos. Tratándose de delitos de lesa humanidad, resulta preocupante que se apele a la ultraactividad de una ley derogada hace más de dieciséis años para otorgar un beneficio de reducción de pena, siendo que tal tipo de delitos no admiten por ninguna vía esa solución, ya que tanto por la legislación nacional como por la internacional, se encuentra prohibida la aplicación de la prescripción, la amnistía, el indulto o mecanismos de computo de penas que lleven a su reducción.-
Es decir, ni la actividad del Poder Legislativo a través de leyes especiales o generales, ni la actividad del Poder Ejecutivo a través de la promulgación de aquellas o indultos, ni la interpretación del Poder Judicial pueden llevar a la disminución de penas en delitos de lesa humanidad.-
Anhelamos para que en el futuro la Corte Federal, como Máximo Tribunal de la República, no recurra a vías de interpretación que generen fisuras en el bloque constitucional y de convencionalidad de protección de los Derechos Humanos.-
MESA DIRECTIVA DE LA FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS CORDOBA -12 DE MAYO DE 2017
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